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Intangibilidad de la Justicia

  • Augusto J. Ibáñez Guzmán*
  • 18 oct 2017
  • 1 Min. de lectura

Una voz de aliento es oportuno entregar. Si bien el operador judicial es persona común y corriente, su función, su mandato no poseen la misma condición: resolver los conflictos a nombre del Estado, por el Estado mismo, no es cosa común, es cosa pública, es de todos, es el centro fundante de la democracia.

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